Resumen:
El objetivo general de la presente tesis fue el de establecer si la conducta
de posesión de droga para propio e inmediato consumo del primer y segundo
párrafo del Art. 299 del Código Penal se relaciona con el principio de igualdad
ante le ley, Huánuco 2018 – 2019, en el desarrollo de la tesis se ha empleado
un enfoque mixto (cualitativo – cuantitativo), el alcance o nivel fue explicativo
y diseño correlacional; el muestreo fue no probabilístico se contó con 15
jueces y fiscales penales de Huánuco y 10 sentencias penales dictadas entre
el 2018 y 2019, por delito de micro comercialización de drogas en los cuales
el sujeto alegó ser consumidor de drogas, tomados los instrumentos se han
obtenidos resultados que permitieron comprobar las hipótesis.
La hipótesis general ha quedado confirmada con los resultados, pues en
casi todas las ocasiones en la que el sujeto es intervenido con mínima
cantidad de drogas, que podría ser destinada para el propio e inmediato, no
procede la eximente por consumo cuando el sujeto es intervenido en posesión
de más de una sustancia y con dosis un poco más elevadas que las
establecidas en la ley, pues al precisar que es adicto y / o consumidor de
drogas, no se les practica ningún examen toxicológico, ya que se parte de la
ley; frente a esta situación, existe afectación al principio de igualdad ante la
ley, pues, en estos casos se incurre en responsabilidad objetiva, proscrita por
el Art. VII del Título Preliminar del Código Penal, y se le considera de modo
jure et de jure, (sin admitir prueba en contra) que es micro comercializador de
drogas.