Resumen:
La investigación tuvo como objetivo general determinar la influencia del plazo
razonable en la audiencia única de juicio inmediato, en caso de omisión de
asistencia familiar, en el juzgado unipersonal de flagrancia, OAF y CEED de
Huánuco, años 2017-2018. La metodología de la investigación es sustantiva,
tiene un enfoque cualitativo, según su alcance es explicativa; y, según su
diseño no es experimental correlacional, que permitió evaluar la relación de la
variable independiente con la variable dependiente. La muestra se determinó
a través de la técnica muestral no aleatoria a criterio y por conveniencia del
investigador está conformada por 30 expedientes divididos en dos grupos de
15 por cada año respectivamente; se usó la técnica de la observación y el
instrumento fue la guía de observación. El análisis de los datos se realizó
aplicando la estadística inferencial, con el cual se elaboró tablas, obteniendo
los resultados que revelaron la dilación indebida del plazo en realizar la
audiencia única de juicio inmediato.
En el marco del Decreto Legislativo No 1194 y sus modificatorias, que regula
el proceso inmediato en casos de flagrancia. En el extremo que el Juez penal
competente se encuentra obligado realizar audiencia de juicio inmediato en el
día o en todo caso no debiendo exceder las setenta y dos (72) horas de
recibido el auto de incoación de proceso inmediato.
En conclusion, se determinó que el plazo razonable influye negativamente en
la audiencia única de juicio inmediato, en caso de omisión de asistencia
familiar, en el juzgado de flagrancia, OAF y CEED de Huánuco, años 2017-
2018. Debido que su aplicación discrecional no se ajusta a criterio razonable,
el cual permitió la dilación indebida