Resumen:
El presente trabajo de investigación tiene un límite en delimitar al Artículo
349° del Código Procesal Penal (La acusación), pues como se sabe existe un
vacío al delimitar la acusación en el delito de Cohecho Pasivo especifico,, pues
los Fiscales no tienen claro al momento de resolver los pedidos formulados
(requerimientos), puesto que amparado en el Art. 349° del Código Procesal
Penal exige que la acusación fiscal deberá estar debidamente motivada.
De igual manera en los delitos de Falsedad Genérica tipificado en el Art. 438°
del Código Penal no es ajeno a esta problemática, puesto que a falta de la
imputación necesaria requerida no se realiza una buena praxis de esta nueva
institución procesal que viene a ser el control de acusación.
En ese sentido se tiene que la presente investigación está enfocada en
determinar cómo se aplica la imputación necesaria en el requerimiento de
control de acusación en los delitos de Cohecho Pasivo Específico y Falsedad
Genérica en los Juzgados de Investigación Preparatoria y que derechos y/o
principios se vulneran al no formular la acusación con la debida motivación
suficiente previo al pedido de control de acusación. No cabe duda que dentro
de ello la presente investigación se enmarco en los criterios de la falta de una
debida interpretación de las pruebas en los delitos de Cohecho Pasivo
Especifico y Falsedad Genérica.