UNIVERSIDAD DE HUÁNUCO

LA PROHIBICIÓN DE LA SUSPENSIÓN DE LA PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD EN LOS CASOS DE VIOLENCIA EN EL DISTRITO JUDICIAL DE PASCO, 2018

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dc.contributor.advisor Ponce E Ingunza, Felix
dc.contributor.author Yanayaco Salcedo, Jhonny
dc.date.accessioned 2018-11-22T15:11:08Z
dc.date.available 2018-11-22T15:11:08Z
dc.date.issued 2018
dc.identifier.uri http://repositorio.udh.edu.pe/123456789/1368
dc.description.abstract El presente informe de investigación tiene como base la modificación del artículo 57 del Código Penal que establece la prohibición de la suspensión de la pena privativa de libertad en los delitos de agresión contra la mujer e integrantes del grupo familiar, toda vez que dicha modificación resulta ser una ley drástica y vengativa socialmente y que no se encuadra a la esencia del derecho penal y la finalidad que ésta persigue. Estamos de acuerdo, que los casos de violencia familiar están siendo un problema álgido en nuestra sociedad actual; y que, como tal, necesita planteamientos urgentes por parte del Estado. Sin embargo, ello no implica la promulgación de desatinadas normas que contravienen el derecho penal, como es el caso de la prohibición de la suspensión de la pena privativa de libertad en los delitos de agresión contra la mujer e integrantes del grupo familiar, en la que se pretende dar pena privativa de libertad de manera efectiva a los agresores sin considerar la proporcionalidad de las lesiones ocasionadas, tratándose de delitos leves o de penas mínimas, para lo cual existen institutos jurídicos que pueden alternativamente funcionar en reemplazo de la pena privativa de libertad efectiva. Ante tal modificatoria, la conversión de la pena privativa de libertad resulta un mecanismo idóneo, que a criterio del juez puede reemplazar una pena privativa de libertad, conminada o impuesta judicialmente, por otra sanción de distinta naturaleza, como es las penas multa o la de prestación de servicios a la comunidad o limitación de días libres. De lo contrario, con la aplicación de la pena privativa de libertad efectiva a los agresores se vería afectado la sobrepoblación penitenciaria. A demás, cabe precisar que la reacción punitiva es de ultima ratio y que sólo se debe recurrir a ella para garantizar la eficacia del orden jurídico. es_ES
dc.description.uri Tesis es_ES
dc.format application/pdf es_ES
dc.language.iso spa es_ES
dc.publisher Universidad de Huánuco es_ES
dc.rights info:eu-repo/semantics/openAccess es_ES
dc.rights.uri http://creativecommons.org/licences/by-nc-nd/2.5/pe es_ES
dc.source Universidad de Huánuco es_ES
dc.source Repositorio institucional - UDH es_ES
dc.subject Derecho es_ES
dc.title LA PROHIBICIÓN DE LA SUSPENSIÓN DE LA PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD EN LOS CASOS DE VIOLENCIA EN EL DISTRITO JUDICIAL DE PASCO, 2018 es_ES
dc.type info:eu-repo/semantics/bachelorThesis es_ES
thesis.degree.name Abogado es_ES
thesis.degree.grantor Universidad de Huánuco. Facultad de Derecho Y Ciencias Políticas es_ES
thesis.degree.level Titulo Profesional es_ES
thesis.degree.discipline Derecho Y Ciencias Políticas es_ES
thesis.degree.program Distancia es_ES


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